La Ley de creación de SEPI establece sus funciones:
- Impulsar y coordinar las actividades de las sociedades directamente de las que es titular.
- Fijar la estrategia y supervisar la planificación de las sociedades directamente participadas de forma mayoritaria y llevar a cabo el seguimiento y control de su ejecución. La gestión ordinaria de esas sociedades corresponde a sus propios órganos de administración.
- Administrar sus acciones y participaciones y realizar todo tipo de operaciones financieras, activas y pasivas, incluida la amortización de la antigua deuda del INI.
- Fijar las directrices generales de actuación de sus empresas, aplicando criterios de gestión empresarial y ejecutando las directrices del Gobierno en materia de modernización y reestructuración empresarial con salvaguarda del interés público.
Su principal objetivo es obtener la mayor rentabilidad de sus acciones y participaciones mediante:
- La definición y aprobación de las estrategias y el establecimiento de las actuaciones relevantes y los objetivos anuales de todas sus empresas.
- El diseño de planes de futuro, que contemplen las mejoras necesarias en las empresas deficitarias: operativas, financieras, organizativas, laborales, etc.
- El ejercicio del control de la eficacia en relación a sus participadas directas y mayoritarias.
El impulso de nuevos proyectos, de la I+D+i y de la protección medioambiental, y el desarrollo de procesos de reestructuración y de privatización son también objetivos de SEPI. Para ello realiza:
- Una labor de promoción y desarrollo, ofreciendo alternativas empresariales capaces de compensar los efectos económicos y sociales derivados de la reducción de actividad en zonas geográficas concretas.
- El análisis y aprobación de las actuaciones de las empresas en el ámbito de I+D+i, el asesoramiento ante organismos e instituciones y la evaluación de situaciones medioambientales. También financia proyectos a través de un fondo de fomento a la investigación.
- La gestión de los procesos de liquidación ordenada de compañías no viables o que están finalizando su actividad.
- La privatización de aquellas participaciones no estratégicas para SEPI, que se consideran susceptibles de ser gestionadas por la iniciativa privada.